sábado, 19 de junio de 2010

Las medidas de la DGT no tienen fin recaudatorio, quien recauda es el conductor por infringir las normas (con excepciones)



La nueva Ley de Tráfico que entró en vigor en Mayo, hace pensar en la mayoría de los conductores que tiene un fin recaudatorio. Pero si utilizamos la lógica pensaremos que las medidas de la DGT no son recaudatorias sino quien recauda es el propio conductor por haber infringido las normas (con excepciones)


Vamos a analizarlo de esta manera: Si la DGT recauda es porque ha habido una infracción, y si ha habido una infracción, quien la comete es el conductor. Seamos realistas y hagamos una autocrítica.


Cuando recibimos una multa de exceso de velocidad, y pongamos por ejemplo que la multa fue por haber conducido a 150Km/h cuando en la vía (autopista) donde nos encontrábamos el máximo permitido era de 120 ,(así como sobrepasar la velocidad más de lo permitido en cualquier tipo de vía) nuestro pensar sería en la mayoría de casos:


A) No me había dado cuenta por la velocidad que llevaba. Pero entonces nos preguntaríamos para qué sirve el velocímetro del coche si no somos conscientes de la velocidad que llevamos


B) No había peligro de circular a esa velocidad teniendo en cuenta el poco tráfico que había. Sin pensar en las consecuencias de un posible accidente que podríamos desencadenar.





Es lógico pensar que una velocidad adecuada en autopista sería de 140 km/h tal como propone la asociación de movimiento140.com (siempre y cuando la afluencia de las vías sea la adecuada.)


Pero si hay unas normas son para cumplirlas y desobedecerlas acarrea la consecuente multa. Hablar por el móvil mientras se está conduciendo, conducir sin el cinturón de seguridad puesto, adelantamientos inapropiados rebasando la línea continua, estar bajos los efectos del alcohol y de las drogas, conducción temeraria y así un largo etcétera de aquellos conductores, inconscientes de sus actos en su manera de conducir y que desgraciadamente pueden dejar muchas vidas en nuestras carreteras.

Pero toda Dirección General de Tráfico, por mucho que diga el señor Ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, que las medidas de tráfico son para “prevenir”, siempre hay alguna que es claramente recaudatoria. Recalcaremos una medida que dicha ley de Tráfico incluye que es la de multar a todos aquellos vehículos que circulen a 121km/h acabando con los márgenes de error que hasta ahora se aplicaban en los velocímetros. Es inadmisible que Tráfico multe a los conductores por sobrepasar un solo kilómetro/hora pues para el conductor no supone ninguna diferencia y el peligro de que se produzca un accidente es mínimo en ese sentido.


El ministerio de Interior debe y es su obligación retroceder en este aspecto pues, que estemos actualmente en crisis económica no justifica aplicar esta norma que del todo es totalmente absurda e injustificable.


Tampoco tienen la ocurrencia de que los vehículos se fabriquen con un velocímetro con un máximo de 120km/h pues estarían desperdiciando multas que poner al sobrepasar ese límite en vías como en autopistas y autovías.

En conclusión los conductores debemos aceptar que si nos multan es porque hemos cometido una infracción y no echar siempre la culpa al fin recaudatorio de la DGT. Pero es de aceptar que la Dirección General de Tráfico debe eliminar todas aquellas normas y medidas que incitan al fin recaudatorio como un derecho de todos los conductores.


Imagen: pavice.com

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